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La prestación por cese de actividad para autónomos se prolonga hasta febrero

El Gobierno prorrogará hasta el 28 de febrero de 2022 la prestación por cese de actividad para los autónomos afectados por la crisis del Covid-19. La decisión se ha tomado tras alcanzar un acuerdo el Ejecutivo y las principales asociaciones de autónomos, ATA, UPTA y Uatae.

Se salda así una negociación entre el Gobierno y los autónomos cuando apenas quedaban dos días para que terminara el plazo de cobro de la prestación. El acuerdo incluye también una extensión de los ERTE hasta la misma fecha.

Además de la prolongación de la prestación por cese de actividad y los ERTE, el Gobierno aprobó este martes la subida del SMI.

Así, la prestación para los autónomos mantiene las mismas condiciones, excepto en el cese de actividad extraordinario por bajos ingresos. Una novedad importante es el establecimiento de una prestación extraordinaria para los autónomos afectados por el volcán de Palma.

Los autónomos han saludado con optimismo el acuerdo que va a facilitar “que salvemos la actividad económica de muchos autónomos”, según declaró Lorenzo Amor, presidente de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos, ATA. Amor añadió:

No tenía sentido tras 18 meses que venimos de pandemia y de puesta en marcha de las ayudas por cese de actividad y de los ERTE que a cinco meses de la meta pusiéramos fin o limitáramos estas ayudas. Nosotros estimamos que para los próximos cinco meses en torno a 150.00 autónomos van a poder seguir disfrutando de estas ayudas hasta que puedan tener una mejor actividad en su negocio.

Según anunció el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, los autónomos podrán optar por dos posibilidades:

  1. Podrán beneficiarse de exoneraciones decrecientes los autónomos que están bajo el paraguas del decreto anterior
  2. Seguir acogidos a la prestación por cese de actividad si se cumplen las condiciones.

Exoneraciones decrecientes

Los autónomos que percibían la prestación por cese de actividad hasta septiembre, al abrigo del decreto anterior, y que no vuelvan a solicitar la prestación, se beneficiarán de unas exenciones decrecientes en sus cotizaciones a la Seguridad Social que serán las siguientes:

  • Del 90% en octubre
  • Del 75% en noviembre
  • Del 50% en diciembre
  • Del 25% en enero.

Prolongación de la prestación por cese de actividad

Si se opta por seguir percibiendo la prestación por cese de actividad, siempre que se cumplan los requisitos, se mantienen las modalidades vigentes que regían hasta ahora. Estas modalidades mantendrán en principio los requisitos actuales, salvo la prestación extraordinaria por bajos ingresos, que endurece sus condiciones.

Prestación por suspensión de actividad

En el caso de que el autónomo tenga que cerrar por decisión de la autoridad, es decir por restricciones a causa de la pandemia, tendrá derecho a una prestación que será del 70% de la base mínima, 661 euros mensuales.

Prestación compatible con la actividad

A esta prestación pueden acogerse los autónomos cuya actividad no se haya recuperado o haya empeorado y tengan ingresos limitados.

También mantiene las condiciones anteriores: tener una caída de ingresos del 50% acumulado entre el tercer y cuarto trimestre de 2021 frente al mismo periodo de 2019 y un rendimiento máximo de 1,2 veces el SMI. La prestación será también del 70% de la base de cotización.

Prestación extraordinaria por bajos ingresos

Si no se puede acceder a las anteriores prestaciones, el autónomo podrá acogerse a esta opción. Los requisitos, sin embargo, se han endurecido. El autónomo debe haber sufrido una caída del 75% de sus ingresos en el cuarto trimestre de 2021 frente al cuarto trimestre de 2019 y no tener unos ingresos superiores al 75% del SMI.

La prestación seguirá siendo para este supuesto del 50% de la base mínima de cotización, 440 euros al mes.

Prestación para trabajadores de temporada

Requerirá tener ingresos inferiores al SMI y será del 70% del SMI.

Prestación extraordinaria para los autónomos de Palma

El acuerdo entre Gobierno y asociaciones de autónomos también incluye la dotación de una prestación extraordinaria para los autónomos afectados por la erupción del volcán de la isla de Palma.

Según explicó Escrivá, para acceder a la prestación, no se requerirá el cumplimiento de un periodo mínimo de cotización – como sí sucede en el resto de prestaciones – y la única condición sería acreditar haberse visto afectados por la erupción volcánica.