Si tienes un negocio de comercio electrónico, debes saber que desde el 1 de enero está en vigor una nueva normativa para unificar las actividades de ecommerce en Europa. Además de los servicios prestados por vía electrónica, esta ley afecta a servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión o televisión.
La nueva normativa pretende unificar criterios y agilizar las labores del ecommerce, una actividad que no ha dejado de crecer pese a la crisis y que ya ha tenido algún cambio regulatorio en España recientemente.
Para esta ocasión se ha creado un Régimen Especial de prestación de servicios de telecomunicaciones, de radiofusisión y televisión o eletrónicos en el IVA (One-Stop Shop) y que afecta a las compañías de comercio electrónico (de contenidos o de servicios) que presten sus servicios a consumidores que residan en otro estado miembro de la UE distinto al suyo.
Estas empresas no tendrán que darse de alta en cada Estado en el que tengan clientes, sino que podrán presentar su declaración de IVA desde una sola localización y las tiendas online tributarán en el país del consumidor.
¿Cuáles son los cambios?
Dos son los cambios fundamentales de la nueva normativa:
- IVA: el tipo de IVA será el vigente en el país de la UE del consumidor desde el 1 de enero. Hasta ahora se tributaba al tipo del país desde el cual se prestaba el servicio.
- Factura electrónica: las compañías europeas de ecommerce deberán emitir factura electrónica a todo que la reclame expresamente en el momento de la compra. Esta obligación entra en vigor el 15 de enero.