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Nuevas medidas para los autónomos: opción de tributar por estimación directa y moratoria de alquileres

El Gobierno ha aprobado medidas específicas para los autónomos dentro de un paquete de disposiciones de índole fiscal, laboral y de financiación. En este cuarto paquete de medidas para el colectivo, destaca la posibilidad de que los autónomos que están en módulos puedan tributar por estimación directa y no por objetiva.

Otra decisión tomada por el Consejo de Ministros es la moratoria del pago de alquiler de locales para los autónomos. En total, se aprueba un paquete económico de 30 medidas que incluye una prórroga de dos meses para el teletrabajo como carácter preferente y el derecho a la adaptación de horario y reducción de jornada de los trabajadores que deban atender a hijos o familiares dependientes.

Las medidas fiscales inyectarán unos 1.100 millones en el tejido productivo, según señaló la ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño.

Opción para la tributación en estimación directa para los autónomos en módulos

La medida más relevante para el colectivo de autónomos es la posibilidad que tienen los que ahora están tributando por módulos de cambiar al sistema de estimación directa durante la pandemia del coronavirus.

Estos autónomos pagarían así por sus ingresos reales y no por otros elementos objetivos como la superficie del local o número de empleados. Con la economía paralizada en muchos sectores, esto supondrá un alivio al bolsillo de muchos autónomos.

En concreto, son unos 400.000 autónomos los que tributan por módulos en estimación objetiva, según ATA, que ha calificado de “buena noticia” esta medida. Estos autónomos están concentrados en sectores que están siendo castigados por la crisis, como la hostelería, comercio o el taxi.

Según destacó Lorenzo Amor, presidente de ATA:

Es una buena medida que puedan salir de este sistema temporalmente porque es un sistema que les está penalizando ya que no tienen actividad y el sistema de tributación por estimación objetiva marca una cantidad fija en IVA e IRPF independientemente de si tienes ingresos o no los tienes. Poder salir en 2020 de este sistema de tributación y pasar a estimación directa y poder recuperarlo en 2021 es una medida muy bienvenida. Estimamos que 250.000 puedan solicitar   este   cambio   y   poder   beneficiarse   de   esta   medida. Pequeños bares, transportistas como los taxistas, pequeños comercios, que indudablemente prevemos que este año van a tener muy poca actividad, muchos de ellos se encuentran cerrados y así van a continuar durante un tiempo más.

 

Moratoria en el alquiler de locales

Otra medida reclamada por los autónomos era el aplazamiento de los pagos de alquiler de locales en los que éstos realizan su actividad. El Gobierno destaca que esta medida obedece a “las necesidades de autónomos y pymes que no tienen capacidad financiera para hacer frente a sus obligaciones de pago de alquiler de sus locales”.

La situación cambia según el tamaño del arrendador. Así, si se trata de una empresa pública o un gran tenedor (con 10 más inmuebles urbanos), el autónomo podrá solicitar esta moratoria en un plazo de un mes desde ahora. El aplazamiento no tendrá penalización ni intereses y afectará al periodo de tiempo de del Estado de alarma y meses siguientes sin exceder el tiempo de cuatro meses.

En el caso de los pequeños arrendadores, se facilitará el uso de la fianza como mecanismo de pago, que deberá reponerse en un año.

Para poder solicitar las moratorias, el autónomo deberá estar dado de alta desde la entrada en vigor del estado de alarma y su actividad deberá estar suspendida como consecuencia de la pandemia o acreditar una facturación del mes anterior al que solicita el aplazamiento de al menos un 75% frente a los meses anteriores.

Teletrabajo y adaptación horaria

Otras de las medidas son las relativas a prorrogar el carácter preferente del teletrabajo hasta julio.

Además, también en una prórroga de dos meses, es el derecho de los trabajadores a reducir su jornada para el cuidado de hijos o familiares dependientes a su cargo. La reducción puede ser del 100%, aunque, en todo caso, las reducciones llevan aparejadas la reducción de sueldo.