El Delegado de Protección de Datos (DPD) es una figura que con el nuevo RGPD cobra mucha relevancia y será necesaria en muchas empresas y negocios. La siguiente infografía del blog Sage resume en una infografía sus principales características.
El RGPD entrará en vigor el próximo 25 de mayo y muchas organizaciones tendrán que incorporar al DPD. Es un trabajador que no existía y que tendrá que contar con determinadas nuevas funciones.
El RGPD exige un Delegado de Protección de Datos que garantice y registre el cumplimiento de la normativa.
➡️ Formación del DPD:
- Debe tener formación tecnológica
- Tener la certificación actualizada que acredite la formación como Data Protection Officer.
- Tener conocimientos legales.
➡️ Funciones del DPD:
- Informar y asesorar de las obligaciones recogidas en el RGPD
- Supervisar el cumplimiento del reglamento
- Interlocución con la Autoridad del Control de la Protección de Datos.
➡️ ¿Cuándo hay que designar un DPD obligatoriamente?
- En todas las organizaciones públicas
- Entidades que desarrollen el profilling.
- Empresas que monitoricen de forma periódica y sistemática los titulares de datos a gran escala
- Compañías que trabajen con categorías de datos especiales