Existen varios tipos de contrato de trabajo que son imprescindible conocer si tienes empleados a tu cargo en tu negocio. Los contratos establecen las relaciones entre la empresa y el empleado, con las consiguientes obligaciones y aspectos jurídicos, según nos muestra la siguiente infografía de Sage.
Hay cuatro tipos de contrato de trabajo: fijo, temporal, de formación y en prácticas.
▶️ Fijo o indefinido: no hay límite de tiempo en la prestación del servicio. Puede darse a jornada completa o parcial y para servicios fijos y discontinuos. La formalización del contrato puede ser verbal o escrita.
▶️ Temporal: establece una relación laboral a jornada parcial o completa por un tiempo determinado. Pueden ser
- Por obra o servicio, debe hacerse por escrito.
- De interinidad, para casos de sustitución
- Eventual por circunstancias de producción, la duración máxima será de 6 meses
▶️ De formación y aprendizaje: están destinados a fomentar la inserción laboral y la formación de los jóvenes. Deben formalizarse por escrito, están dirigidos a trabajadores menores de 25 años y la duración mínima es de un año y la máxima de tres años.
▶️ En prácticas: facilitan la experiencia profesional para los trabajadores conforme a su nivel de estudios, ya sea título universitario o de formación profesional. El contrato será de un mínimo de seis meses y un máximo de dos años. Debe formalizarse por escrito con la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto a desempeñar durante las prácticas.