Los autónomos y pymes tienen derecho desde el 11 de octubre pasado a que las entidades financieras que operan en España les faciliten un estudio sobre su situación financiera con su calificación de riesgo crediticio.
El documento, denominado “Información Financiera-PYME” por el Banco de España, podrá ser solicitado, previa tarifa, por cualquier autónomo o pyme. Las entidades están obligadas a entregar dicho informe cuando decidan cancelar o reducir la financiación a sus clientes, informando con un preaviso de 3 meses.
El informe y la documentación en la que se basa deberán ser guardadas por la entidad durante 6 años.
Con esta nueva normativa se pretende mejorar la financiación de autónomos y pymes, evitando las situaciones no justificadas a la concesión de créditos y dotando de mayor transparencia dicha financiación a través de criterios objetivos.
¿Qué contiene la ‘Información Financiera-PYME?
El informe tendrá un formato estandarizado que contendrá la siguiente información mínima:
- Datos identificativos
- Declaraciones a la central de información de Riesgos del Banco de España
- Datos comunicados a empresas que presten servicios de información sobre la solvencia patrimonial y de crédito
- Historial crediticio, con la relación de los créditos históricos y vigentes, importes pendientes de amortización, obligaciones impagadas, concursos de acreedores, embargos, etc, así como la relación de contratos de seguros vinculados a la financiación
- Extracto de los movimientos realizados durante el último año en los contratos del flujo de financiación del acreditado
- Calificación del riesgo
Calificación del riesgo
El apartado más llamativo del informe es precisamente este último, el relativo a la calificación del riesgo. Así, se pretende evaluar “de una manera estandarizada y comparable la calidad crediticia” de los autónomos y pymes.
El resultado de la evaluación clasificará a los afectados en alguna de las siguientes categorías:
- Riesgo bajo
- Riesgo medio-bajo
- Riesgo medio-alto
- Riesgo alto
- No disponible
También se realizará un análisis de la situación financiera del acreditado que, a través del análisis de actividad, margen, rentabilidad, liquidez, capital circulante, endeudamiento, solvencia y capacidad de reembolso de intereses, calificarán la situación financiera de autónomos y pymes como “muy buena”, “buena”, “regular”, “débil” o “no disponible”.
El informe también proporcionará información sobre la posición relativa del sujeto respecto a su sector de actividad.
Reacciones a la normativa
En CEPYME (Confederación Española de Pequeñas y Medianas Empresas), han valorado “muy positivamente” esta nueva normativa:
Este informe deberá convertirse en una herramienta eficaz para la valoración del riesgo de las pymes españolas en términos comparables y fidedignos, basados en la combinación de una información financiera de calidad, aportada por las entidades, y una adecuada y estandarizada metodología, elaborada por el supervisor. Se trata de un paso fundamental para solventar el problema de las asimetrías de información que se establecen entre las pymes y las entidades de crédito, es decir, se ofrecen soluciones que permiten una evaluación del riesgo.
Por el contrario, la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) no se mostró tan optimista ya que considera que no constituye una solución a los problemas de acceso al crédito. En su opinión, la normativa obliga a las entidades a explicar la causa de la denegación de financiación, pero no les hará más flexibles a la hora de conceder o mantener el crédito.
¿Y tú qué opinas? ¿Crees que es un paso positivo para mejorar la financiación de los autónomos? ¿O al menos que introduce mecanismos de transparencia necesarios?