El sistema de franquicias es una excelente forma de emprender: se minimizan los riesgos al entrar en un modelo de negocio probado y desarrollado. Pero en ocasiones se han detectado conductas anómalas en este sistema ¿Cómo descubrir que detrás de una marca pueda haber prácticas deshonestas o fraudulentas?
Barbadillo y Asociados ha elaborado un decálogo para poder identificar correctamente señales de una supuesta mala praxis:
▶ 1. Inexistencia de unidades piloto propiedad del franquiciador en las que se ejerza la misma actividad que posteriormente se va a franquiciar, tanto en imagen y en los productos y servicios comercializados, como en los procedimientos y operativa que definen el negocio.
▶ 2. Que el franquiciador no facilite datos de los franquiciadosque ya están operando dentro de las cadenas de franquicias.
▶ 3. Que se detecte claro malestar e incluso demandas interpuestas por franquiciados al franquiciador, así como salidas de la red por parte de franquiciados de forma recurrente. En sí mismos, y sin más conocimiento de las causas, estos hechos podrían no ser la razón para descartar de una marca, pero sí son una clara alerta y deberían implicar una mayor información.
▶ 4. Que el franquiciador no exija, de forma estricta, el cumplimiento de la ley tanto en las unidades franquiciadas, como en la relación existente entre éstas y la central franquiciadora; es decir, el hecho de que no existan herramientas de control para evitar incumplimientos de la ley es, en sí mismo, una anomalía. El franquiciador debe haber desarrollado un modelo en el que a través de determinados mecanismos, se pueda detectar cualquier tipo de desviación tanto respecto a la operativa de esa cadena como de la legalidad vigente.
En ese sentido, sería anómala la inexistencia de un sistema informático de gestión, impuesto por el franquiciador, que impida por ejemplo, la generación de importes en B.
▶ 5. Que los costes de los suministros para los franquiciados estén por encima de la oferta externa disponible de forma genérica en el mercado.
▶ 6. Opacidad en la gestión del fondo de marketing. No incumple ninguna norma deontológica ni es un delito en sí mismo, pero la ausencia de pautas de transparencia en la gestión de los cánones de marketing es un indicio que puede estar apuntando a prácticas fraudulentas en este y otros aspectos.
La existencia de cuentas bancarias diferenciadas y la entrega de informes periódicos de la gestión de dichos fondos, son aspectos que permiten una mejor fiscalización por parte de los franquiciados y por tanto son pautas de transparencia muy recomendables
▶ 7. Que en el contrato existan múltiples cobros de cánones por diversas causas, más allá de los habituales canon de entrada, canon de mantenimiento o royalty y canon de publicidad. Pagos adicionales a los citados por parte del franquiciado y la inclusión abusiva de indemnizaciones al franquiciador en el contrato de franquicia, resultan sospechosos.
▶ 8. Un canon de entrada muy alto o desproporcionadoes igualmente sintomático. Cuando dicho ingreso inicial para el franquiciador es excesivamente elevado, se puede estar hipotecando el futuro de la red ya que el franquiciador dependerá en exceso de dicho ingreso, cuyo carácter puntual lo hace relativamente atípico y convierte a veces en anecdóticos los ingresos recurrentes que, en un buen diseño de la franquicia, deberían ser con diferencia la principal fuente de ingresos del franquiciador.
▶ 9. Existencias de zona de exclusividad comunes a dos franquiciados. Esto sucede, cuando el franquiciador cree poder sacar mayor rentabilidad a la red solapando zonas de exclusividad de distintos franquiciados. El no respetar las zonas de exclusividad pactadas de antemano con los franquiciados, es una señal clara de mala praxis.
▶ 10. Condiciones esenciales distintas para los franquiciados que están operando dentro de la cadena, consecuencia de haber adaptado el diseño de la franquicia a las exigencias o demandas de cada franquiciado, introduciendo agravios comparativos entre ellos que pondrán en peligro el futuro de la red.