El 1 de enero de 2023 entró en vigor un impuesto a los envases de plástico de un solo uso, una medida recogida en la Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular (también conocida como Ley 7/2022) aprobada el 10 de abril del pasado año. En general, la primera declaración de este tributo llega en abril. ¿A quiénes afecta? ¿Cómo deben declarar los autónomos este nuevo impuesto?
La Ley 7/2022 introduce por primera vez en la normativa legal española el concepto de “economía circular”. El texto incorpora en el ordenamiento jurídico español la Directiva 2018/851 de la Unión Europea que obliga a los estados miembros a realizar una transición hacia una economía circular, es decir, hacia un modelo de producción y consumo que apueste por la reutilización y reciclaje de materiales para alargar el ciclo de vida de los productos.
La normativa pretende combatir la generación de residuos y plantea la reducción de la producción de estos desechos del 13% en 2025 respecto a 2010. Esta reducción deberá ser del 15% en 2030. Entre los objetivos de la ley figura la restricción a los plásticos de un solo uso.
¿Qué es eI impuesto al plástico de un solo uso?
El artículo 68 de la nueva ley introduce el pago de impuesto a los envases de plástico no reutilizables. El impuesto será de 0,45 euros por cada kilogramo de plástico no reciclable, que irá a cargo del fabricante nacional, el importador o adquiriente intracomunitario.
Los autónomos que compren envases para el funcionamiento de su negocio tendrán la obligación trimestral de declarar este impuesto. El calendario fiscal marca la primera declaración será en el mes de abril, aunque deberán llevar un registro mensual de todas las adquisiciones de productos que contengan el plástico de un solo uso.
No obstante, los fabricantes de estos plásticos no reciclables ya empezaron en febrero a hacer su primera declaración.
¿Quiénes son los afectados por el impuesto al plástico?
Los autónomos afectados por este nuevo impuesto al plástico no reciclable son todos los que adquieran envases o embalajes cuyo plástico supere en total los 5 kilos al mes. Además del citado pago de 0,45 euros por cada kilo, deberán mantener un registro de adquisición de estos productos, como indicábamos.
En general, los afectados serán fundamentalmente autónomos de los sectores del comercio y alimentación, así como los profesionales de hostelería.
Los artículos que son objeto del impuesto son todos los envases no reutilizables, los productos plásticos semielaborados para la fabricación de envases, los que contienen plástico para cierre o presentación de envases que no se pueden volver a usar (cintas de embalaje, cajas…).
¿Cómo declarar el impuesto sobre el plástico?
Para la tramitación y liquidación del impuesto es necesario inscribirse en el Registro territorial del impuesto por cada establecimiento que tenga el autónomo.
Modelo 592
Una vez inscrito, los autónomos que hayan efectuado adquisiciones de envases y embalajes que contengan una cantidad de plástico de un solo uso cuyo peso en conjunto exceda los 5 kilos al mes tendrán que presentar trimestralmente el modelo 592.
Libro de registro electrónico
Además de la declaración a través del modelo 592, todos los autónomos deberán registrar y trasladar de forma mensual a la Agencia Tributaria un libro de registro electrónico con las operaciones de compraventa de plásticos no reutilizables. Por ser el primer año de aplicación del impuesto, la presentación de este registro podrá retrasarse hasta junio.
Problemas de los autónomos con el impuesto sobre el plástico
El nuevo impuesto al plástico está generando bastante dificultades a los autónomos, hasta tal punto que Hacienda estudia modificar su regulación. El principal problema se encuentra en la cuantificación de los plásticos de un solo uso presentes en los envases utilizados. La obligación de contar con un libro de registro electrónico que contenga estos productos es otra dificultad relevante.
Con la fecha de la primera declaración de este impuesto para la mayoría de los autónomos, se hace necesario solventar las dudas de los autónomos.