El incremento de los contagios por Covid-19 en buena parte del territorio español, que, según datos del Ministerio de Sanidad, afecta a tres de cada cuatro provincias, ha llevado al Gobierno a decretar un nuevo estado de alarma tras el establecido hace siete meses, al inicio de la pandemia. ¿Tiene las mismas restricciones que el anterior? ¿Cómo afecta a los autónomos?
El nuevo estado de alarma aprobado en toda España, salvo en Canarias, es diferente al decretado en marzo. El objetivo principal, según el Gobierno, es dotar de seguridad jurídica a las Comunidades Autónomas para que tomen las medidas necesarias para contener la expansión del virus.
Medidas del nuevo estado de alarma
La intención del Gobierno es establecer un estado de alarma que pueda prolongarse hasta el 9 de mayo de 2021, si bien la ley sólo hace posible imponerlo por 15 días. Para prorrogar el estado de alarma será necesaria su aprobación por el Congreso.
La principal novedad de este nuevo estado de alarma es la instauración de toques de queda para restringir la movilidad nocturna. La principal diferencia con la situación anterior es que no se establece un confinamiento domiciliario. Tampoco se limita la actividad productiva a las llamadas “actividades esenciales”.
Además, en este caso, serán las Comunidades Autónomas quienes posean las competencias para mantener o levantar estas medidas. Ésta es otra diferencia respecto al anterior estado de alarma, en el que el Gobierno Central era el que ostentaba el mando único.
Las principales medidas son:
Toque de queda
Impide la circulación de las personas en los espacios de uso público. Aunque en un principio se imponía un toque de queda por parte de el Gobierno entre las 23:00h y las 6:00h, con posibilidad de que las Comunidades Autónomos variasen este horario en su inicio entre las 22:00h y las 0:00h y su final entre las 5:00h y las 7:00h, finalmente queda al albur de las propias comunidades el establecimiento o no de estas restricciones de movilidad. Éstas tienen sus excepciones en la adquisición de medicamentos y bienes de primera necesidad, asistencia a centros sanitarios y la asistencia de personas dependientes.
Prohibición de circular entre comunidades autónomas
Se restringe la entrada y salida de las comunidades o ciudades autónomas, excepto en situaciones tales como los desplazamientos laborales y educativos, las visitas a centros sanitarios, retorno al lugar de residencia habitual, cuidado de personas dependientes, desplazamiento a entidades financieras y realización de trámites administrativos inaplazables, entre otros.
Limitación de reunión de personas
Se limitarán las reuniones, tanto en espacios públicos como privados, a un máximo de seis personas, salvo que convivan de manera habitual.
Límite de permanencia de personas en lugares de culto
Se limitará aforo a las reuniones y celebraciones de tipo religioso, un límite que será establecido por la autoridad competente.
Consecuencias para los autónomos del nuevo estado de alarma
El anterior estado de alarma, más restrictivo que el actual por su periodo de confinamiento domiciliario, tuvo unas lesivas consecuencias para la economía del país. El PIB de España se hundió un 18,5%, la mayor caída entre los países desarrollados.
Durante el estado de alarma de marzo se establecieron mecanismos como la prestación por suspensión de actividad para los autónomos o la aplicación de los ERTES, pero no impidió el cierre de numerosos negocios. El nuevo estado de alarma, pese a que no limita la actividad económica a sólo las actividades esenciales como el anterior, supondrá un nuevo varapalo para los sectores de la hostelería y el turismo.
El toque de queda establecido a partir de las 23:00h, que podrá incluso iniciarse a las 22:00h, será muy perjudicial para bares y restaurantes, que ya sufren la limitación de su aforo.
La previsible prohibición de circular entre Comunidades Autónomas también hará daño entre empresarios, autónomos y trabajadores del sector turístico, que verán reducida su actividad de forma drástica tras el castigo que ya llevan sufriendo desde marzo.
Reclamaciones de los autónomos ante el nuevo estado de alarma
Los esperados perjuicios para el sector de los trabajadores autónomos por el establecimiento de este nuevo estado de alarma y sus consecuencias sobre la movilidad y los horarios, han llevado a la principal asociación del sector, la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos, ATA, a pedir una serie de medidas.
Según ATA, el nuevo escenario será desastroso para los autónomos. Como explicó Lorenzo Amor, presidente de ATA:
El número de rebrotes y contagios no deja de crecer, y con ellos han llegado de nuevo las restricciones a la movilidad. Ya sabemos las medidas sanitarias y lo que va a suponer el Estado de Alarma durante estos próximos 6 meses. Se avecina un desastre para autónomos, empresas y trabajadores si no se acompaña de un plan urgente de medidas económicas.
Así ATA pide diez medidas para afrontar el estado de alarma
- Bajar cotizaciones sociales y cuotas de autónomos.
- Extender los ERTE y ayudas por cese de actividad hasta el 31 de mayo.
- Suspender cualquier incremento impositivo o creación de nuevos impuestos.
- Reducir el IVA a la hostelería, peluquería, gimnasios, etc.
- Ampliar líneas de liquidez ICO y aumentar un año más los periodos de carencia de amortización de capital.
- Plan de ayudas al alquiler para los autónomos que se les obligue al cierre total de su actividad y progresivo a quien tenga otras restricciones.
- Moratoria y aplazamientos de impuestos hasta el 30 de junio.
- Moratoria en el pago de suministros en locales y actividades de autónomos.
- Deducción fiscal para las familias por gastos en el hogar (reformas, obras, mobiliario, equipamiento informático) de hasta 3000€.
- Ayudas directas sectores más afectados por las nuevas restricciones (taxi, transporte, ocio nocturno, …)
Lorenzo Amor concluyó:
Este decálogo es un S.O.S de nuestro colectivo ante este nuevo panorama desalentador con desconfianza por parte de los consumidores y los empresarios. Se hace urgente establecer desde ya un plan de emergencia, y con vistas a un invierno muy duro, que prorrogue las ayudas existentes hasta el 31 de mayo de 2021, facilite la liquidez e impulse el consumo y la demanda con el fin de amortiguar la caída de la actividad y evitar el cierre de empresas y autónomos y por ende la destrucción de empleo.